Igualdad y no discriminación
Principio y derecho
Principio
La igualdad constituye un principio básico y general relativo a la protección de los derechos humanos reconocido normativamente en la mayoría de las constituciones de los Estados y diversos tratados internacionales de derechos humanos.
Sobre el principio de igualdad se ejercen los demás derechos.
No toda diferencia de trato es discriminatoria, lo importante es que aquella diferencia sea objetiva, proporcional y razonable a un fin legítimo.
Toda discriminación es por sí misma negativa. Para el derecho internacional de los derechos humanos no existen discriminaciones buenas, necesarias ni arbitrarias. La palabra discriminación, en estos términos, no admite acepciones ni calificativos.
Derecho
El derecho a la igualdad y no discriminación ha sido latamente desarrollado desde hace década, tanto en el sistema regional de protección, Sistema Interamericano de Derechos Humanos, en el Sistema Universal de Derechos Humanos, y en otros sistemas regionales de protección como el Sistema Europeo de Derechos Humanos.
La igualdad es, además de un principio, un derecho en sí mismo. Todas las personas tienen derecho a la igual protección de la ley.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos, en adelante CADH, ratificada por Chile, establece en el artículo 24 que “todas las personas son iguales ante la ley. En consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley”.
Pero casi todos los tratados de derechos humanos tienen cláusulas de igualdad. Por ejemplo, de igualdad entre hombres y mujeres, de igualdad en el acceso a garantías de debido proceso, de igualdad en el acceso a las funciones públicas de cada país, etc.